Se remite a los colegas el Instructivo CSACU Nº 2/2014 de la IGJ respecto a los requisitos para los trámites de inscripción de resoluciones sociales adoptadas cuando la sociedad se encuentre privada de la utilización de la totalidad de sus libros rubricados debido al extravío, destrucción, robo, hurto, retención ilegítima o retenidos por autoridad judicial o administrativa competente (artículo 83 de la Resolución General IGJ Nº 07/2005).