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ARBA: Resolución Normativa Nº 8/2014

Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución Normativa Nº 8 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), mediante la cual se sustituye el segundo párrafo del artículo 4º de la Resolución Normativa Nº 62/10 por el siguiente:

Dicho formulario indicará el monto a abonar, con inclusión de los intereses previstos en el Código Fiscal cuando hubieran transcurrido más de quince días hábiles administrativos desde la celebración del acto, contrato u operación; y la fecha hasta la cual podrá realizarse el pago.

Antes:
Dicho formulario indicará el monto a abonar, con inclusión de los intereses previstos en el artículo 86 del Código Fiscal (Ley Nº 10397, T.O. 2004 y sus modificatorias), cuando corresponda, y la fecha hasta la cual podrá realizarse el pago.

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