Se informa a los señores escribanos que fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires la Ley Impositiva Nº14.553 para el año 2014.
Se detallan a continuación algunos comentarios enviados por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires a sus colegiados, respecto de las modificaciones más relevantes que esta norma introduce a la actividad notarial:
– Las alícuotas y escalas aplicables durante el período fiscal 2014 para el impuesto de sellos y a la transmisión gratuita de bienes no han sufrido modificaciones respecto de las aplicables durante el período fiscal 2013.
– El coeficiente corrector se mantiene en DOS CON DIEZ (2.10) para el período fiscal 2014.
– Los montos considerados para acceder a los beneficios impositivos en el caso de escrituras públicas traslativas del dominio de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, o de lotes para la construcción de la misma, como así también respecto de los actos y contratos que instrumenten operaciones de crédito y constitución de gravámenes para la compra, construcción, ampliación o refacción en los casos mencionados, tampoco han sufrido modificaciones respecto de los aplicables durante el período fiscal 2013.
– Con respecto al impuesto a la transmisión gratuita de bienes, se incorpora como única novedad la posibilidad de abonarlo en hasta 6 (seis) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, las que devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 días.