Se informa a los señores escribanos que el Colegio ha suscripto un convenio de colaboración con el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires destinado a colaborar con las medidas implementadas por este organismo para compelir a los deudores alimentarios a cumplir con su obligación y resguardar el interés superior del niño y la protección de su desarrollo y supervivencia.
En el marco del presente convenio, el Colegio ha habilitado de manera exclusiva para los colegiados una oficina en el 1º entrepiso de Av. Las Heras 1833, teléfono 4809-7006, donde se realiza la emisión gratuita de certificados extendidos por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Dirección de Justicia, Registro y Mediación.
Los certificados deberán solicitarse por Internet, telefónicamente o bien, personalmente, con sujeción a las formalidades señaladas en la sección del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la página www.buenosaires.gob.ar.
La Dirección General de Justicia Registro y Mediación informará inmediatamente al órgano judicial que hubiese fijado la obligación de pasar alimentos, acerca de la existencia del vínculo laboral entre el deudor y el Colegio, luego de advertir la morosidad al expedir los certificados.
En tal sentido, el Colegio se ha comprometido a solicitar el certificado de deuda alimentaria en casos como contratación de personal en relación de dependencia, renovación de contratos de sus empleados, y de toda persona con quien realice contrataciones directas y/o licitaciones.
En virtud del propósito de este convenio, el Colegio sugiere a los colegas solicitar el certificado de deuda alimentaria respecto de sus empleados en relación de dependencia.