El artículo 35 de la Ley N° 404, modificado por la Ley 3933 prevé que para poder participar en el Concurso de Oposición y Antecedentes, los aspirantes deberán realizar una Práctica Profesional de 2 años en una escribanía (con una carga horaria de 3 horas una vez por semana), o un Curso de Práctica Notarial que dicta nuestra Institución.
A tal fin, se implementará una nómina de escribanos que tengan la intención de admitir en su escribanía a practicantes, y colaboren en la tarea de la práctica, la que deberá desarrollarse conforme al programa que especificamente se ha aprobado a tal efecto.
Por lo que si usted desea admitir en su escribanía algún practicante le solicitamos nos lo haga saber al Departamento de Cursos de nuestro Colegio a la dirección de correo electrónico cursos@colegio-escribanos.org.ar, informando su disponibilidad.
Asimismo, le hacemos presente que de conformidad al artículo 11 del Reglamento de Práctica Profesional: ?La Práctica Profesional no es rentada ni para el practicante ni para el escribano a cargo de la misma, ni genera relación jurídica o laboral alguna entre el titular y/o adscripto y el practicante, ni los escribanos asumen responsabilidad alguna por accidentes, daños o perjuicios de ningún tipo que pudiere ocurrirle al practicante durante el ejercicio de la práctica profesional?.