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Importante: Cumplimiento Ley 404 – Artículos 38 y 39

Se recuerda a los señores escribanos titulares o adscriptos de la demarcación, que al 31 de diciembre de 2012 los colegas deberán tener cumplidos los 60 puntos obligatorios en materia de capacitación, exigidos por el reglamento de los cursos de actualización obligatoria, previstos por el artículo 39 de la Ley 404.

Se advierte que, asimismo, el apartado b) de dicho artículo establece que: ?Para su aprobación se requerirá la asistencia del setenta y cinco por ciento (75%) de las clases dictadas. El escribano que no cumpliere con la asistencia obligatoria dispuesta por el Colegio a tres (3) cursos de actualización consecutivos o seis (6) alternados incurrirá en falta grave, salvo caso de fuerza mayor debidamente justificada.?

En la página web del colegio, los colegas podrán consultar los puntos obtenidos hasta el momento, ingresando al sector Capacitación.

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