Con motivo del período vacacional, se recuerda a los señores escribanos que -de acuerdo a lo establecido por el artículo 29 inc. a de la Ley 404- los escribanos tienen la obligación de informar toda licencia superior a los 8 días hábiles al departamento de Secretaría, mediante nota firmada que deberán ingresar por Mesa de Entradas de Las Heras 1833, en la que especifiquen el inicio y el cierre del período de licencia y el interino que quedará a cargo del registro.
Asimismo se recuerda que “en caso de retomar sus actividades profesionales antes de finalizado el período de licencia informado a este Colegio, deberán notificarlo al Departamento de Secretaría” también por nota firmada.