Se remite a los señores escribanos la Resolución Ministerial Nº 231 de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, mediante la cual se declara días inhábiles para el cómputo de los plazos y procedimientos administrativos del Registro de la Propiedad, a raíz de los problemas planteados en el marco del conflicto que los trabajadores mantienen con el Estado provincial.
El plazo se extiende desde el día 3 de julio hasta la normalización de la atención al público y, tal como se adelantara, el Director del organismo registral queda facultado a determinar, mediante el dictado del correspondiente acto administrativo, la extensión de los plazos de ingreso y de vigencia de certificados.