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Aplicación de la DTR N° 2/2012

De acuerdo a lo comunicado por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires a nuestra institución, la Disposición Técnico Registral N° 2/2012 de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad establece las pautas para el ingreso de documentos en los que los otorgantes del acto actúen por medio de apoderado o representante.

Dicha disposición es aplicable a la registración de testimonios que sean expedidos por el Archivo de Actuaciones Notariales, por lo que es necesario que en toda solicitud presentada ante esa institución, se consignen tanto los datos correspondientes al poder, como los datos personales y clave tributaria de apoderados o representantes.

En caso de no cumplirse con este requisito, el testimonio no podrá ser expedido, dado que el Archivo debe consignar dichos datos en la minuta que elabora para rogar la inscripción en el Registro.

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