Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución 28/2012 de la Unidad de Información Financiera (UIF), publicada en el Boletín Oficial del 22 de febrero, que establece la modalidad y oportunidad del cumplimiento de la obligación de reportar los ?hechos? u ?operaciones sospechosos? de financiación del terrorismo para todos los sujetos obligados enumerados en el artículo 20 de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias; congelamiento administrativo de activos vinculados a las acciones delictivas previstas en el artículo 306 del Código Penal de la Nación; cooperación internacional; auxilio de las Fuerzas de Seguridad; modificación de la Resolución UIF Nº 125/09.