Se pone a disposición de los señores escribanos la Disposición Nº 822/2011 de la Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios mediante la cual se sustituye el Digesto de Normas Técnico-Registrales, Título I, Capítulo VI, Sección 2ª, artículo 2º, el texto del inciso b), referido a los “documentos que acrediten el carácter invocado para hacer uso del lugar denunciado como guarda habitual”.