Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución Nº 1015 de la AGIP mediante la cual se establece que, a partir del 1º de marzo de 2012, la tramitación de los certificados F1 y F3 deberá efectuarse de manera obligatoria a través del Aplicativo F1 F3 Constancia de Deuda / Cambio de Titularidad, disponible en la página web de dicho organismo (http://www.agip.gob.ar).
Haga clic aquí para acceder a la Resolución 1015/2011
IMPORTANTE: La entrada en vigencia de esta norma fue prorrogada por Resolución Nº 92/2012. Haga clic aquí para más información