Se pone a disposición de los señores escribanos la Disposición técnico registral Nº 3/2011 de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad mediante la cual se establece que los testimonios de escrituras públicas autorizadas a partir del 1 de mayo de 2011 por escribanos de otras provincias del país, deberán tener inserta la nueva estampilla autoadhesiva de seguridad adoptada por el Consejo Federal del Notariado Argentino.
La norma aclara que quedan excluidos del cumplimiento de la presente los testimonios de escrituras públicas realizados por escribanos de esta demarcación.