Se informa a los señores escribanos que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), mediante Circular Nº 2, ha comunicado que los certificados catastrales correspondientes a inmuebles afectados a Propiedad Horizontal y en los cuales se hayan realizado modificaciones no reflejadas en el respectivo plano de afectación a dicho sistema, se deberá proceder a consignar en sus informes tal circunstancia, a fin de dejar reflejado el estado de hecho y publicitar la realidad registrada en ocasión de haberse constituido el Estado Parcelario.
Asimismo, ARBA indicó que el escribano deberá introducir en la escritura que formalice, las constancias que surjan de los certificados catastrales de inmuebles afectados a propiedad horizontal que contengan modificaciones no incorporadas en el correspondiente plano.