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Respuesta de la AGIP a las consultas realizadas por el Colegio sobre Impuesto de Sellos

A raíz de las consultas realizadas por este Colegio a la AGIP, con relación al criterio aplicable en materia de Impuesto de Sellos respecto de diversas operaciones: a) boletos de compraventa con pago íntegro del precio convenido y entrega de posesión; b) cesión de boleto de compraventa con posesión y pago del precio a terceros y c) permuta de inmuebles, se envía a los colegas la nota de respuesta remitida por dicho organismo.

Haga clic aquí para acceder al Informe Nº 06-1697 de la AGIP

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