Recordamos que a partir del día de hoy, martes el 23 de noviembre entra en vigencia el cheque cancelatorio.
Cabe destacar que el uso de este instrumento de pago es opcional para las partes y tiene efecto cancelatorio, al igual que el dinero en efectivo
Los cheques cancelatorios librados en dólares sólo podrán ser utilizados en operaciones de trasferencia de inmuebles, y sus endosos, certificados por el escribano interviniente. Sólo podrán adquirirse en el banco donde está registrado el adquirente y su libramiento no tendrá costo alguno.
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