Se informa a los señores escribanos que se ha implementado un nuevo procedimiento para la inscripción inicial de motovehículos, a fin de garantizar que las unidades comercializadas sean retiradas de sus lugares de venta únicamente con posterioridad a su registración y con toda la documentación correspondiente o, en su defecto, con una constancia que dé cuenta de que dicho trámite ha sido iniciado.
Haga clic aquí para ver el texto completo de la Disposición Nº 745/2010