Se pone a disposición de los señores escribanos la Disposición técnico registral Nº 13 /2010 de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, mediante la cual, a partir del 13 de septiembre, los documentos a través de los cuales se efectúa la renuncia del derecho real de usufructo quedan comprendidos en el artículo 23 y concordantes de la Ley Nº 17.801.