Se hace llegar a los señores escribanos la Disposición técnico registral Nº 11/2010 mediante la cual se establece el procedimiento a seguir toda vez que se tome conocimiento en sede registral de la presunta destrucción, sustitución, adulteración y/o falsificación de asientos registrales o supuesta falsedad instrumental en documentación inscripta y/o a inscribir en este Registro.