Se informa a los señores escribanos que, en respuesta a la presentación realizada por este Colegio ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos con motivo de las modificaciones introducidas al Código Fiscal de la CABA por el Art. 1 inc. 8 de la Ley 3393, este organismo ha confirmado por nota a las autoridades del Colegio que el inciso referido a la emisión del certificado que acredite el correcto empadronamiento del inmueble no se encuentra reglamentado, motivo por el cual no será exigido por el momento. La AGIP informará a este Colegio la fecha a partir de la cual será exigible dicho certificado.