Se informa a los señores escribanos que ha sido sancionada la Ley Nº 14.078 de la Provincia de Buenos Aires, donde se establece que el Registro de las Personas y los actos de registración de nacimiento, matrimonio, defunción, estado civil, capacidad, identificación personal y estadística se regirán por la presente ley. Para acceder al texto completo de la norma, haga clic en el link que figura al pie de este mensaje.