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Liquidación del Impuesto de Sellos en la Delegación de la Dirección General de Rentas sita en el Colegio de Escribanos

Se recuerda que, como resultado de las tratativas realizadas por el Colegio de Escribanos ante la DGR de la Ciudad de Buenos Aires, ya puede liquidarse el Impuesto de Sellos en la Delegación de la Dirección General de Rentas ubicada en nuestro Colegio, Av. Callao 1521, de lunes a viernes de 9,30 a 14,30 hs. De esta manera, los escribanos y sus autorizados (por nota) podrán liquidar este impuesto cuando se trate de:

1) Los contratos de locación y sublocación, cesión de uso, leasing, o cualquier otra forma de contrato por la cual una de las partes se obliga a pagar una suma de dinero a la otra a cambio de que ésta le proporcione el uso, disfrute o explotación de una cosa inmueble, para desarrollar en estos actividades comerciales;

2) Los contratos de locaciones o sublocaciones de viviendas con muebles que se arrienden con fines turísticos;

3) Los instrumentos de cualquier naturaleza u origen, por lo que se transfiere el dominio y se otorgue la posesión de inmuebles situados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la cesión de los mismos.

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