El Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires ha informado que se han detectado casos de documentos notariales autorizados por notarios de las jurisdicciones de Mendoza y Santa Fe que han sido inscriptos en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires por escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
Ante los reclamos recibidos de parte de las autoridades de dicho Colegio se recuerda que esta práctica resulta contraria y violatoria de los preceptos contenidos en el artículo 185 y concordantes de la Ley 9020/78. Por lo tanto, los escribanos de la Ciudad de Buenos Aires únicamente pueden realizar la inscripción de escrituras y demás documentos notariales por ellos autorizados y no deben intervenir en el proceso de inscripción de aquellos otorgados por notarios de extraña demarcación territorial en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.