Se recuerda a los colegas inscriptos como peritos y auxiliares de la Justicia que, siempre que hayan sido sorteados en tal carácter, a la hora de solicitar la regulación de honorarios deben requerir la aplicación de la Ley 27423, que entró en vigencia en 2018. La Ley 27423 de Honorarios […]
Etiqueta: Instituto de Derecho Procesal
Instituto de Derecho Procesal
Reinicio de actividades Se informa a los colegas que el Instituto de Derecho Procesal retomará sus actividades el miércoles 6 de marzo a las 10 h en la Sala San Martín, Av. Las Heras 1833, 6º piso.
Instituto de Derecho Procesal – Partición de herencia
Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mercedes, sala I • 20/03/2018 • Antin Guiraldes, Marcos y Pablo c. Almados Almonacid, Esmeralda y otros s/ petición de herencia. Distinción entre hijos naturales e hijos legítimos. Inconstitucionalidad del art. 8° de la ley 14.367. El Instituto de Derecho Procesal […]
Instituto de Derecho Procesal – Partición anticipada de la herencia por donación
Fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en los autos “Gabastou, María Adelina c. Gabastou, Juan Martín y otros s/ nulidad de escritura/ instrumento”, en el cual la Cámara confirma la validez de una donación realizada por una persona de una parte de un bien inmueble a favor de sus dos hijos. La hija había aceptado el acto, pero el otro donatario, que se encontraba fuera del país, fallece y luego sus hijos formalizaron la aceptación. La hermana del fallecido solicitó la nulidad de dicho acto, lo cual es rechazado por el juez, y la Cámara confirmó esta resolución.
Instituto de Derecho Procesal – Fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala E s/ Colación
Fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en los autos Virgilio, Alberto Daniel c. Virgilio, Horacio Alfredo s/ Colación en el cual se considera improcedente la traba de medidas cautelares considerando que el valor colacionable estaría “ a priori” garantizado con la propia hijuela del coheredero ya que no deberá el mismo traer ningún bien a la masa hereditaria sino que recibiría de menos en “cuantum” lo que recibió de anticipo en vida del causante.
Haga clic aquí para acceder al fallo completo