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AFIP: Resolución General 5123/21

Sujetos exentos del régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para operaciones alcanzadas por el impuesto PAIS.

La AFIP ha publicado la Resolución General 5123/21, mediante la cual se incorpora como tercer párrafo del artículo 3° de la Resolución General Nº 4.815, el siguiente texto:

“Tampoco se encuentran alcanzadas por este régimen de percepción, las entidades enunciadas en los incisos b), d), e), f), g), l) y p) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, que posean certificado de exención vigente, obtenido de acuerdo al procedimiento previsto en la Resolución General N° 2.681, sus modificatorias y complementarias”.

Se recuerda que la Resolución General N° 4.815 estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, según corresponda, que se aplica sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”.

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