Suspensión de la iniciación de determinados juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares.
Por medio de la Resolución Gral. 4953/21 se extiende hasta el 31 de mayo de 2021, inclusive, la suspensión de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, establecida por el artículo 1° de la Resolución General N° 4.936.
Asimismo, se extiende, hasta esa fecha, la suspensión de la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, así como la intervención judicial de caja, con los alcances previstos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.936.
Lo establecido en la presente no obsta al ejercicio de las facultades de la AFIP, en casos de grave afectación de los intereses del Fisco o prescripción inminente.