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AFIP: Resolución General 4912/21

Plazo especial para el cumplimiento de la obligación de informar a los “Beneficiarios Finales”.  Fideicomisos financieros y no financieros.

La AFIP ha publicado la Resolución General 4912/21, mediante la cual se extiende el plazo especial concedido oportunamente para el cumplimiento de la obligación de informar a los “Beneficiarios Finales” mediante el régimen de información, establecido por la Resolución General N° 3.312. Este régimen debe ser cumplido por los sujetos que actúen en carácter de fiduciarios, respecto de los fideicomisos constituidos en el país -financieros o no financieros-, así como por los sujetos residentes en el país que actúen como fiduciarios, fiduciantes y/o beneficiarios de fideicomisos (trusts) constituidos en el exterior.

Ver las fechas de acuerdo a las categorías al interior de la norma.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4912/21

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