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RPI de la Capital Federal: DTR 6/20

Inscripción o anotación registral mediante nota digital.

 

Se informa a los colegas que el RPI de la Capital Federal ha publicado la DTR 6/20, mediante la cual se dispone que la inscripción o anotación registral, regulada por el artículo 28 de Ley 17.801, podrá realizarse mediante nota digital firmada por el registrador de conformidad con la Ley 25.506, dicha constancia integrará el documento y su autenticidad y exactitud podrá ser verificada desde el sitio web del organismo a partir del código de seguridad en ella indicado y del número de presentación del documento.

Haga clic aquí para acceder a la DTR 6/20

Nota importante: Debido al mecanismo de publicación de normas ante el Boletín Oficial que el organismo debe realizar a través del TAD, el cual  no distingue entre “Disposición” y “Disposición Técnico Registral”, no es posible mantener la correlatividad de las normas. De tal manera que la DTR inmediata anterior a la presente es la 2/20.

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