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IGJ: Resolución 40/20

Las sociedades de ahorro previo que operen bajo la modalidad de círculos o grupos cerrados podrán utilizar instrumentos digitales y medios electrónicos de comunicación a distancia para la concertación de contratos de ahorro.

Se informa a los colegas que la Inspección General de Justicia (IGJ) ha publicado la Resolución 40/20, mediante la cual se establece que las sociedades de ahorro previo autorizadas a operar bajo las modalidades de círculos o grupos cerrados para la adjudicación directa de bienes muebles y de sumas de dinero para la adquisición de bienes muebles, pasajes o servicios, adquisición, ampliación o refacción de inmuebles, como así también las autorizadas a operar en la modalidad de capitalización podrán -mientras continúe la situación de emergencia con distanciamiento y/o aislamiento social, preventivo y obligatorio y demás medidas restrictivas de que dan cuenta el Decreto 260/20 y normativa subsiguiente-, utilizar instrumentos digitales y medios electrónicos de comunicación a distancia para la concertación de contratos de ahorro para fines determinados bajo cualquiera de las modalidades indicadas precedentemente, debiendo hacerlo a través de un link especial de la página web institucional de las entidades. 

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 40/20

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