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AFIP: Resolución General 4810/20

Procedimiento. Solicitud de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de personas jurídicas. 

La AFIP ha publicado la Resolución General 4810/20, mediante la cual establece que los representantes legales de las personas jurídicas comprendidas en la Resolución General 2337 y su complementaria, que como consecuencia de la medida de “ASPO” no puedan concurrir a las dependencias de AFIP para obtener la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), deberán presentar la documentación y demás elementos requeridos (artículo 6° de dicha Res. Gral), a través del servicio “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Inscripción o modificación de datos de Personas Jurídicas”. 

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 4810/20

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