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AFIP: Resolución General 4805/20

Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Beneficios para los salarios y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que se devenguen durante el mes de agosto de 2020 y beneficio de crédito a tasa subsidiada para empresas.

La AFIP publicó la Resolución General 4805/20, mediante la cual se dispone que los sujetos mencionados en el artículo 1° de la Resolución General 4693, su modificatoria y sus complementarias, y en el artículo 1º de la Resolución General 4792, podrán acceder desde el 28 de agosto de 2020 hasta el 3 de septiembre de 2020, ambas fechas inclusive al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, con el fin de obtener -si correspondiera- los beneficios establecidos en los incisos a) y b) del artículo 2º del Decreto 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que se devenguen durante el mes de agosto de 2020, y el beneficio de crédito a tasa subsidiada para empresas.

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