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AFIP: Resolución General 4791/20 

Impuestos varios. Plazo especial para la presentación de declaraciones juradas. 

La AFIP ha publicado la Resolución General 4791/20, mediante la cual se establece, entre otras cuestiones, que las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, correspondientes al período fiscal 2019, por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas, cuyos vencimientos operen los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerarán cumplidas en término, si se efectúan hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive. 

La obligación de presentación de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado julio 2020, cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020, se considerará cumplida en término si se efectúa hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive. 

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 4791/20

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