Impuestos a las Ganancias y/o sobre Bienes Personales. Período fiscal 2019. Régimen de facilidades de pago.
Se informa a los colegas que la AFIP ha publicado la Resolución General 4758/20, mediante la cual se establece, con carácter de excepción y hasta el 31 de agosto de 2020, que las obligaciones de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales 975 y 2151, sus respectivas modificatorias y complementarias, correspondientes al período fiscal 2019, se podrán regularizar hasta en TRES (3) cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” -aprobado por la Resolución General N° 3.985- en la que dichos sujetos se encuentren incluidos.