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ARBA: Resolución Normativa 28/20

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó la Resolución Normativa 28/20 mediante la cual  sustituye el artículo 2° de la Resolución normativa N° 23/16, por el siguiente: 

“ARTÍCULO 2° Establecer, que los trámites catastrales que a continuación se indican, efectuados por particulares que no revistan el carácter de profesionales habilitados, deberán formalizarse a través del Sistema de Información Catastral (SIC) aprobado por la Disposición N° 6234/06 de la ex Dirección Provincial de Catastro Territorial: 1) Solicitud de certificaciones de valuación fiscal. 2) Presentación de Declaraciones Juradas de Avalúo. 3) Solicitud de Copias de Declaraciones Juradas de Avalúo. 4) Solicitud de Informes Catastrales. 5) Solicitud de copias de Cédulas Catastrales y Planos de Manzana. Los documentos o constancias de registración indicados precedentemente serán expedidos por la Agencia de Recaudación a través del Sistema de Información Catastral (SIC), en formato electrónico y con la correspondiente Firma Digital.”.

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