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AFIP: Resolución General 4721/20

Se informa a los colegas que fue publicada la Resolución 4721/20 de la AFIP, mediante la cual se prorrogan las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y N° 2.151, sus respectivas modificatorias y complementarias, y la de los sujetos alcanzados por Resolución General N° 4.468 y sus complementarias (impuesto cedular), cuyos vencimientos operan durante el mes de junio de 2020, hasta la fecha que según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, como se indican en el interior de la norma.

Del mismo modo, se ha dispuesto esta prórroga para los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 2.442 y N° 4.003, sus respectivas modificatorias y complementarias, quienes podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación de las declaraciones juradas informativas previstas, respectivamente, en los artículos 8° y 15 de las mencionadas normas, correspondientes al período fiscal 2019, hasta el 31 de julio de 2020, inclusive.

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