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Pago de boletas de aportes y cuotas asistenciales Pautas y opciones disponibles

Se remiten a los colegas algunas pautas para el pago presencial de aportes de la Ley 404, aportes previsionales y cuotas asistenciales, durante el periodo en el que rijan las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
  • En el caso de que el escribano desee abonar estas obligaciones en efectivo, cheque o tarjeta de débito deberán dirigirse a las Cajas del Patio de Legalizaciones (Caja “Varios”) de 9.30 a 14 h.

La circulación de los escribanos y público general en todas las cajas será administrada por el personal de seguridad, haciendo cumplir estrictamente las normas de distanciamiento social.

Atento a las medidas de prevención, sugerimos a los colegas la cancelación de estos pagos a través de las modalidades electrónicas que no requieren concurrir al Colegio. Las opciones disponibles son las siguientes:

  • Transferencia bancaria (es importante que recuerden enviar el comprobante por la Mesa de Entrada Virtual (MEV), para que se impute correctamente el pago).
COLEGIO DE ESCRIBANOS:
CUIT: 30-52649945-6
CUENTA N°: 178653-100/2
CBU.: 2590035610017865310022
BANCO: ITAÚ ARGENTINA
TIPO DE CUENTA: CUENTA CORRIENTE EN PESOS

CAJA NOTARIAL COMPLEMENTARIA DE SEGURIDAD SOCIAL LEY 21205:
CUIT: 30-70195125-1
CUENTA N°. 261645-100/7
CBU.: 2590035610026164510077
BANCO: ITAÚ ARGENTINA
TIPO DE CUENTA: CUENTA CORRIENTE EN PESOS

Pago por transferencia de trámites para apostilla:

BANCO SANTANDER RIO
DENOMINACIÓN: COLEGIO DE ESCRIBANOS
TIPO DE CUENTA: CTA. CTE.
SUCURSAL: 745
CTA CTE: 13/0
CBU: 0720745920000000001304
CUIT: 30-52649945-6

  • Pago Mis Cuentas, Pagos Link y Rapipago (sólo disponible hasta la fecha del vencimiento de cada boleta).

Si se optara por utilizar los medios de pago electrónicos, las comisiones son las que se detallan en el siguiente enlace.

Información importante sobre estos sistemas de pago:

  • Estarán disponibles exclusivamente para los escribanos que se encuentren al día con el pago de los aportes.
  • Los escribanos que rectifiquen sus declaraciones de aportes no deberán utilizar los canales de pago electrónicos “Pagos Mis Cuentas”, “Pagos Link” y “Rapipago” por el período que realizó el ajuste.

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