IGJ, Normativa, Noticias, UIF

IGJ: Resolución General 3/19

Cambio normativo. La verificación del listado de terroristas deberá realizarse en el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de terrorismo y su financiamiento (RePET).

La Inspección General de Justicia publicó la Resolución General Nº 3/219 mediante la cual sustituye el texto del artículo 50, inciso 2. “e” del Anexo “A” de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015 por el siguiente:

“e. En los trámites registrales de constitución de sociedades, asociaciones civiles o fundaciones, designación de autoridades de sociedades y toma de nota de asociaciones civiles y fundaciones, el dictaminante deberá manifestar que los miembros del órgano de administración no se encuentran incluidos en el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), conforme lo establecido en el inciso 8 del artículo 510 de las presentes Normas.”

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 3/19

Haga clic aquí para acceder al instructivo para consultar el RePET

 

.