información archivada, Noticias, RPI - CABA

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal | Instrucción de trabajo Nº 01/17

Se remite a los colegas la instrucción de trabajo Nº 01/17 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, a través de la cual dispone los criterios de calificación de documentos en los que se adjudiquen bienes como consecuencia de la liquidación de la sociedad conyugal por sentencia dictada por un tribunal extranjero.

Al respecto, el RPI establece que sólo se calificará el cumplimiento del trámite judicial del exequatur cuando el documento a inscribir fuere testimonio de las piezas pertinentes provenientes del extranjero. En cambio, no será motivo de calificación cuando el documento que formalice la adjudicación de bienes sea notarial, ya que el autorizante de la escritura respectiva ha calificado y relacionado la sentencia de divorcio a efectos probatorios del estado civil de los otorgantes.

Haga clic aquí para acceder a la instrucción de trabajo Nº 1/17

.