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Encuadernación de protocolos

Se recuerda a los señores escribanos que, conforme a lo dispuesto por el artículo 67 del decreto reglamentario 1624/00, para la encuadernación de protocolos el ancho de los tomos no deberá superar los 20 cm. de espesor.

Sin perjuicio de ello, se recomienda que los tomos no excedan los 16 cm. de espesor, a efectos de facilitar la mejor conservación de los mismos. Asimismo, se recuerda que las encuadernaciones deben realizarse siempre dentro de la demarcación de la Cuidad de Buenos Aires.

Por otro lado, recordamos a los colegas que en caso de ser necesaria la constancia de notas marginales en los protocolos, se deberá tener en cuenta el margen de encuadernación para su posible lectura.

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