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Unidad de Información Financiera (UIF)Resolución 49/2013

A raíz de las numerosas gestiones realizadas por autoridades de este Colegio ante la Unidad de Información Financiera (UIF), dicho organismo hizo lugar al pedido de elevación de los montos a tener en cuenta a los fines de requerir documentación respaldatoria del origen lícito de los fondos.

En el día de ayer, fue publicada en Boletín Oficial la Resolución UIF 49/2013 -enviada por esta vía- que sustituyó el texto del inciso k) de los artículos 7º y 8º de la Resolución UIF Nº 21/2011 por el siguiente:

?Cuando las transacciones superasen la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) se requerirá documentación respaldatoria del origen lícito de los fondos?.

De esta manera, también queda eliminada la obligación de solicitar la declaración jurada sobre licitud y origen de los fondos cuando las transacciones superasen la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000).

Atento a este avance, se solicitó a los asesores del Colegio sobre cuestiones referidas a Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, doctores Horacio H. Fernández y Mariano Rentería Anchorena, un informe con las principales cuestiones a tener en cuenta a partir de la entrada en vigencia de esta norma.

Para visualizar el informe haga clic aquí

Haga clic aquí para acceder a la Res. UIF 49/13

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