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Importante: Dirección General de Rentas- Pago anticipado del Impuesto de Sellos

Se comunica a los señores escribanos que, luego de las gestiones llevadas a cabo por el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, la Dirección General de Rentas aceptará el pago anticipado del Impuesto de Sellos.

Esta medida significa un avance en materia de seguridad, en tanto evita a los escribanos la responsabilidad y el riesgo que implica el resguardo del dinero retenido para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, y también la agilización en el pago de las mismas.

Cabe destacar que la mencionada Dirección ha dispuesto también que, en el caso de optar por realizar pagos parciales anticipados, los escribanos deberán presentar la declaración jurada original con las operaciones realizadas hasta la fecha en que se efectúen esos pagos, debiendo presentar la declaración jurada rectificativa, una vez finalizado el periodo en cuestión.

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