AFIP, Normativa

AFIP: Resolución General 5366/23

La AFIP ha publicado la Resolución General 5366/23, mediante la cual se sustituye el punto 3. del Anexo I de la Resolución General N° 1.419, por el siguiente: 

“3.- Para circular en un Estado Parte diferente al de registro o matrícula del vehículo, el conductor deberá contar con la siguiente documentación:

a) Documento de Identidad válido para circular en el MERCOSUR.
b) Licencia para conducir.
c) Documento que lo califica como turista emitido por la autoridad migratoria.
d) Autorización para conducir el vehículo en los casos exigidos en esta norma.
e) Título u otro documento oficial que acredite la propiedad del vehículo.
f) Comprobante de seguro vigente. 

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 5366/23

 

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