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RPI de la Capital Federal: Instrucción de trabajo 3/26

La Instrucción de Trabajo 03/26 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal establece el criterio de calificación de medidas cautelares cuando existe vigente un certificado solicitado en los términos del art. 23 de la Ley 17.801 para constituir, transmitir o modificar derechos reales sobre cosa ajena o de garantía.

En estos casos se considera que existe prioridad no excluyente, por tratarse de derechos compatibles. En consecuencia, la medida cautelar no debe anotarse en forma condicionada ni desplazarse posteriormente.

Asimismo, al inscribirse la cautelar se deberá dejar constancia en la nota registral de la existencia del certificado vigente, indicando sus datos esenciales. De este modo se procura uniformar criterios de calificación y reforzar la seguridad jurídica registral.

 

 

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