Actualización de las tasas de interés aplicables a deudas fiscales en la Provincia de Buenos Aires
La Resolución Normativa 33/25 de ARBA sustituye los incisos 2) y 3) del artículo 1° de la Resolución Normativa N° 61/2012 y modificatorias, por los siguientes:
“2) Tres por ciento (3,0%) mensual, no acumulativo, para los siguientes conceptos: falta de pago de obligaciones fiscales de contribuyentes y responsables provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores (vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación) y a la Transmisión Gratuita de Bienes; de la Contribución por la Venta de Energía Eléctrica (artículo 74 de la Ley Nº 11769, T.O. por Decreto N° 1868/2004, y modificatorias) y de las Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales; anticipos, retenciones, percepciones, demás pagos a cuenta y multas; desde sus respectivos vencimientos y hasta la fecha de pago, con excepción de lo establecido en el inciso siguiente.
3) Cuatro coma cinco por ciento (4,5%) mensual, no acumulativo, para los siguientes conceptos: cobros por vía de apremio de los importes adeudados por los contribuyentes y responsables detallados en el inciso anterior, desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el efectivo pago”.
Entrada en vigencia: a partir del 1º de enero de 2026.
